- CONCESION DE AGUAS
La concesión de aguas es una de las maneras de adquirir derecho a su aprovechamiento para las actividades o fines que las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, requieran. (Decreto 1076 de 2015)
Se realizan los estudios, documentos y trámites requeridos por la autoridad ambiental para obtener el derecho de aprovechamiento de las aguas superficiales y/o subterráneas, para uso doméstico, riego, silvicultura, abrevaderos, acuicultura, recreación, deportes, o cualquier otra actividad que requiera del uso de las aguas
En cumplimiento a lo establecido en el Decreto 1076 de 2015 (Libro 2, Parte 2, Capítulo 2.), donde especifica que, para el uso del recurso hídrico, todo usuario requiere tramitar un permiso de concesión ante la autoridad ambiental competente.
Así mismo asesoramos en la auto declaración de la tasa de uso que se le cancela a la autoridad ambiental por el volumen captado conforme de la concesión de aguas obtenido previa mente o por uso del agua por derecho conforme al artículo 86 de la Ley 2811 de 1974.
- concesión de aguas superficiales
se realizan los estudios, documentos y trámites requeridos por la autoridad ambiental para obtener el derecho de aprovechamiento de las aguas superficiales, para uso doméstico, riego, silvicultura, abrevaderos, acuicultura, recreación, deportes, o cualquier otra actividad que requiera del uso de las aguas
en cumplimiento a lo establecido en el decreto 1076 de 2015 (libro 2, parte 2, capítulo 2.), donde especifica que, para el uso del recurso hídrico, todo usuario requiere tramitar un permiso de concesión ante la autoridad ambiental competente.
- concesión de aguas subterránea
se realizan los estudios, documentos y trámites requeridos por la autoridad ambiental para obtener el derecho de aprovechamiento de las aguas subterráneas, para uso doméstico, riego, silvicultura, abrevaderos, acuicultura, recreación, deportes, o cualquier otra actividad que requiera del uso de las aguas
en cumplimiento a lo establecido en el decreto 1076 de 2015 (libro 2, parte 2, capítulo 2.), donde especifica que, para el uso del recurso hídrico, todo usuario requiere tramitar un permiso de concesión ante la autoridad ambiental competente
así mismo asesoramos para los casos en que no requiere obtener concesión de aguas para el uso de las mismas de un pozo subterráneo ubicado en su predio.
gestión documental ante la autoridad ambiental para la exploración y explotación que incluye perforaciones de prueba en busca de aguas subterráneas con miras a su posterior aprovechamiento, tanto en terrenos de propiedad privada como en baldíos.
- concesión de aguas por reúso
Se realizan los estudios, documentos y trámites requeridos por la autoridad ambiental para obtener el derecho de aprovechamiento de las aguas provenientes de un sistema de tratamiento y que sean aprovechables para uso de riego o industrial, conforme a lo establecido en la Resolución 1256 de 2021.
- PERMISO DE VERTIMIENTOS
Permiso concedido por la Autoridad Ambiental a personas naturales o jurídicas públicas o privadas, para disponer de forma controlada los residuos líquidos (vertimientos) derivados de una actividad al suelo, agua o alcantarillado, realizando de forma previa su tratamiento.
Los requisitos del permiso dependerán del receptor (suelo, agua o alcantarillado), para lo cual la normatividad colombiana establece análisis y estudios diferenciados.
El sistema de tratamiento es el conjunto de tecnologías, unidades, operaciones o procesos que permiten modificar las características físicas, químicas y biológicas de los residuos líquidos, que tienen como objetivo dar cumplimiento a las exigencias de la normatividad ambiental vigente y reducir el impacto producto del vertimiento.
Así mismo asesoramos en la auto declaración de la tasa retributiva que se le cancela a la autoridad ambiental por el volumen vertido conforme al permiso de vertimiento obtenido o cualquier vertimiento existente con o sin permiso (sopese a las multas que esto acarrean por el incumplimiento al Artículo 2.2.3.2.20.5 del decreto 1076 de 2015 que establece que se prohíbe verter, sin tratamiento, residuos sólidos, líquidos o gaseosos, que puedan contaminar o eutroficarlas aguas, causar daño o poner en peligro la salud humana o el normal desarrollo de la flora o fauna, o impedir u obstaculizar su empleo para otros usos. El grado de tratamiento para cada tipo de vertimiento dependerá de la destinación e los tramos o cuerpo de aguas, de los efectos para la salud y de las implicaciones ecológicas y económicas
- permiso de vertimiento a agua
gestión documental ante la autoridad ambiental solicitando autorización mediante un acto administrativo, en el que se otorga a cualquier persona natural o jurídica, previo al inicio de su actividad para que realice las descargas de las aguas residuales generadas por esta.
le asesoramos para cumplir con la totalidad de requerimientos establecidos para la solicitud de permiso de vertimiento a agua conforme al decreto 3930 de 2010
- permiso de vertimiento a suelo
gestión documental ante la autoridad ambiental solicitando autorización mediante un acto administrativo, en el que se otorga a cualquier persona natural o jurídica, previo al inicio de su actividad para que realice las descargas de las aguas residuales generadas por esta.
le asesoramos para cumplir con la totalidad de requerimientos establecidos para la solicitud de permiso de vertimiento a agua conforme al decreto 050 de 2018
- reúso de aguas residuales
se realizan los estudios, documentos y trámites requeridos por la autoridad ambiental para obtener autorización de las aguas provenientes de un sistema de tratamiento sean aprovechables para riego o uso industrial y no se viertan a agua o suelo, conforme a lo establecido en la resolución 1256 de 2021.
- recirculación
se realizan los estudios, documentos y trámites requeridos por la autoridad ambiental para se certifique por parte de la autoridad ambiental la recirculación de las aguas de un proyecto conforme a lo establecido en la Resolución 1256 de 2021.
- vertimiento de casas aisladas (pozo séptico)
se realizan los estudios, documentos y trámites requeridos por la autoridad ambiental para que se certifique (conforme a lo establecido en el artículo 13 de la LEY 1955 DE 2019) e inscriba el sistema de tratamiento de casa aislada (conforme a lo establecido en el artículo 279 LEY 1955 DE 2019 y articulo 2.2.3.4.1.1 del DECRETO 1076 DE 2015) por parte de la autoridad ambiental
- vertimiento a alcantarillado
Los vertimientos a alcantarillados no requieren permiso de vertimiento, pero si el cumplimiento del art 16 de la Resolución 631 de 2015 y certificarse con la empresa de servicios públicos
Así mismo si el vertimiento al alcantarillado es de aguas residuales no domésticas, algunas autoridades ambientales exigen cumplir con el registro del vertimiento ante la autoridad ambiental por analogía con el artículo 2.2.3.4.1.1 del Decreto 1076 de 2015.
Por todo lo anterior los sistemas de tratamiento deben cumplir con lo establecido en el RAS 2000.
- OCUPACION DE CAUCE
Permiso que otorga la Autoridad Ambiental, para la intervención en zonas de ronda de ríos, quebradas, caños, embalses o lagos para la construcción y funcionamiento de canalizaciones, diques, presas, box culvert, puentes, descargas de aguas lluvias, descargas de aguas residuales entre otras). Este permiso se requiere para obras que se establezcan de forma temporal o permanente.
Así mismo se realiza acompañamiento a los permisos de Ocupación de cauce para acueductos y similares conforme al ARTÍCULO 2.2.3.2.19.4 del decreto 1076 de 2015 y a la Aprobación de planos y de obras, trabajos o instalaciones. Las obras, trabajos o instalaciones a que se refiere la presente sección, requieren dos aprobaciones:
a. La de los planos, incluidos los diseños finales de ingeniería, memorias técnicas y descriptivas, especificaciones técnicas y plan de operación; aprobación que debe solicitarse y obtenerse antes de empezar la construcción de las obras, trabajos e instalaciones.
b. La de las obras, trabajos o instalaciones una vez terminada su construcción y antes de comenzar su uso, y sin cuya aprobación éste no podrá ser iniciado.
Se brinda la consultoría, asesoría, elaboración de estudios y documentos requeridos para tramitar ante las autoridades ambientales, para la obtención de permisos de ocupación de cauce temporal y/o permanente, que deben iniciar las personas naturales o
jurídicas que pretendan construir obras que ocupen el cauce de una corriente o depósito de agua; o los interesados en adelantar obras de rectificación de cauces o de defensa contra inundaciones o daños en los predios ribereños, como lo determina el artículo 2.2.3.2.12.1 del Decreto 1076 de 2015 como el artículo 102 del Decreto 2811 de 1974.
- PERMISO DE EMISIONES ATMOSFERICAS
Asesoramos en la obtenido del permiso de emisiones atmosféricas que es el permiso que conceden las Autoridades Ambientales a personas naturales o jurídicas públicas o privadas, para realizar descargas de humos, gases, vapores, polvos o partículas a la atmósfera, respetando los límites permisibles establecidos de acuerdo a la normatividad ambiental. Aun cuando las emisiones se generen de forma dispersa, industrias, obras, actividades o servicios que generen descargas provenientes de proceso de producción, de la incineración de residuos, o de la operación de hornos o calderas requerirán de esta autorización; conforme al Decreto 948 de 1995, Resolución 619 de 1997 y Decreto 1076 de 2015.
Así mismo asesoramos restaurantes o demás establecimientos que lo requieran conforme al Artículo 2.2.5.1.3.7. del decreto 1076 de 2015. Control a emisiones molestas de establecimientos comerciales. Los establecimientos comerciales que produzcan emisiones al aire, tales como restaurantes, lavanderías, o pequeños negocios, deberán contar con ductos o dispositivos que aseguren la adecuada dispersión de los gases, vapores, partículas u olores, y que impidan causar con ellos molestia a los vecinos o a los transeúntes.”
- APROVECHAMIENTOS FORESTALES Y DEMAS TRAMITES RELACIONADOS
El aprovechamiento Forestal es el permiso o autorización que otorga la Autoridad Ambiental, concediendo el derecho a aprovechar árboles o bosques naturales ubicados en terrenos de dominio público o privado, respectivamente conforme al Decreto 1076 de 2015 y la Resolución 1466 de 2021
- permiso de aprovechamiento forestal único
Asesoramos en la obtención de permisos de aprovechamiento forestal único los cuales se realizan por una sola vez en áreas, donde con base en estudios técnicos se demuestre una mejor aptitud de uso del suelo diferente al forestal y/o cuando existan razones de utilidad pública e interés social.
- permiso de aprovechamiento forestal persistente
Asesoramos en la obtención de permisos de aprovechamiento forestal persistentes los cuales se efectúan con criterio de sostenibilidad y con la obligación de conservar el rendimiento normal del bosque con técnicas silvícolas que permitan su renovación, de manera tal que se garantice la permanencia del mismo
- permiso de aprovechamiento forestal domestico
Asesoramos en la obtención de permisos de aprovechamiento forestal domestico los cuales se efectúan exclusivamente para satisfacer necesidades vitales domésticas sin que puedan ser comercializados sus productos, cuyo volumen no puede superar 20 metros cúbicos anuales por predio.
- permiso de aprovechamiento forestal arboles aislados
Asesoramos en la obtención de permisos de aprovechamiento de un árbol aislado que son los individuos que resulten de regeneración natural, árboles plantados o establecidos y que no son parte de una cobertura de bosque natural o cultivo
- compensaciones y reforestaciones
prestamos el servicio de reforestación y/o compensación por el aprovechamiento forestal que debe realizarse por la ejecución de cualquier proyecto, obra o actividad que requiere del aprovechamiento de árboles, recurso hídrico o por causar deterioro grave a los ecosistemas y a la biodiversidad.
- salvoconductos transporte de madera
asesoramos en el trámite y obtención de Salvoconductos que es el documento que expide la autoridad ambiental para movilizar o transportar los productos maderables y no maderables, flora o fauna silvestre, que se concede con base en el acto administrativo que otorga el aprovechamiento.
- libro forestal (libro de operaciones) empresas forestales
Asesoramos en la implementación de la Resolución 1971 de 2019 Por la cual se establece el Libro de Operaciones Forestales en Línea
- CUMPLIMIENTO DE GUIAS AMBIENTALES
Asesoramos y acompañamientos los proyectos productivos con la implementación y cumplimento de las guías ambientales conforme a la actividad desarrollada
- Sector Porcicolas
Esta actividad está conformada por diferentes eslabones tales como productores, plantas de beneficio, procesados y embutidos, plantas de desposte, comercializadores y sector público, por lo que apoyamos cual sea su proyecto.
- Sector Avícolas
Esta actividad está conformada por diferentes varias alternativas: Las aves, los huevos y las carnes frías como producto alterno y la comercialización o ventas, por lo que apoyamos cual sea su proyecto.
- Sector piscicultura
Para productores y procesadores del sector piscicultura como herramienta de apoyo técnico con los lineamientos para hacer ambientalmente sostenible las actividades del subsector de la piscicultura, por lo que apoyamos cual sea su proyecto.
- Sector Cafetero
Esta actividad está conformada por plantar los cafetos en el lugar idóneo, podarlos para que mantengan la forma correcta para la cosecha, revitalizar los cafetos más viejos o sustituirlos por nuevas plantas y evitar las plagas que diezman la producción, así como el proceso de recolección del fruto y la comercialización o ventas, por lo que apoyamos cual sea su proyecto.
- Sector ganadero
Esta actividad está conformada por los aquellos que se dedican al levante, engorde de vacunos, las actividades de aprovechamiento de la leche, carne y subproductos, así como la venta y distribución, por lo que apoyamos cual sea su proyecto.
- Sector de la construcción
Buenas prácticas en la actividad de la construcción con la introducción de elementos y conceptos para el manejo sustentable de los recursos agua, suelo, flora, fauna, aire, energía, así como del ciclo de los materiales para la construcción antes, durante y después de culminar los proyectos constructivos, por lo que apoyamos cual sea su proyecto.
- Proyectos de infraestructura subsector vial
Identificar a los proyectos viales e institucionales y establece como pilares: Uso eficiente de recursos, buenas prácticas de ingeniería y proyectos sostenibles., por lo que apoyamos cual sea su proyecto.
- Estaciones de servicio de combustible
Las actividades que las Estaciones de Servicio desarrollan, almacenamiento y distribución de combustibles principalmente, requieren de medidas particulares de seguridad y de manejo ambiental que en la actualidad varían dependiendo de las políticas de manejo y diseño de la compañía que construye y opera la estación, y del marco legal existente en la ley colombiana. Por lo tanto, apoyamos cual sea su proyecto.
- PLANES DE CONTINGENCIA
Se diseña y estructuran los estudios y documentos, requeridos por las autoridades ambientales competentes, para aquellos usuarios que exploren, exploten, manufacturen, refinen, transformen, procesen, transporten o almacenen hidrocarburos o sustancias nocivas para la salud; donde deberán tener provisto de un Plan de contingencia para el manejo de derrames. Esto en cumplimiento al Decreto único reglamentario del sector Ambiente y Desarrollo Sostenible 1076 de 2015 en su artículo 2.2.3.3.4.14, modificado por el Decreto 050 de 2018 “Plan de Contingencia para el Manejo de Derrames Hidrocarburos o Sustancias Nocivas”
- plan de contingencia para transporte
se elaboran planes de contingencia para transporte conforme a lo establecido en la normatividad ambiental colombiana actual como lo es decreto 1076 de 2015, resolución 1209 de 2018 y decreto 1868 de 2021
- plan de contingencia para almacenamiento
se elaboran planes de contingencia para transporte conforme a lo establecido en la normatividad ambiental colombiana actual como lo es decreto 1521 de 1998, decreto 1076 de 2015, decreto 1868 del 27 de diciembre de 2021, y el decreto 2157 de 2017.
- plan de contingencia para transporte y almacenamiento
Se elaboran planes de contingencia para transporte conforme a lo establecido en la normatividad ambiental colombiana actual como lo es Decreto 1521 de 1998, Decreto 1076 de 2015, Decreto 1868 del 27 de diciembre de 2021, y el Decreto 2157 de 2017 y Resolución 1209 de 2018.
- PSMV – PLAN DE SANEAMIENTO Y MANEJO DE VERTIMEINTOS
Es el conjunto de programas, proyectos y actividades, con sus respectivos cronogramas e inversiones necesarias para avanzar en el saneamiento y tratamiento de los vertimientos, incluyendo la recolección, transporte, tratamiento y disposición final de las aguas residuales descargadas al sistema público de alcantarillado, tanto sanitario como pluvial, los cuales deberán estar articulados con los objetivos y las metas de calidad y uso que defina la autoridad ambiental competente para la corriente, tramo o cuerpo de agua. (Resolución 1433 De 2004)
- PGIRS – PLAN DE GESTION INTEGRAL DE RESIDUOS SOLIDOS
El Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos es el instrumento de planeación que contiene un conjunto ordenado de objetivos, metas, programas, proyectos, actividades y recursos definidos para el manejo de los residuos sólidos. Este plan es la hoja de ruta para el manejo de los residuos generados. (Resolución 754 de 2015 y Decreto 802 De 2022)
La planeación y gestión de los Residuos Peligrosos permite a la entidad identificar los tipos de residuos peligrosos (RESPEL) que genera y su cantidad durante el desarrollo de sus actividades administrativas y misionales, con el objeto de poder realizar una reducción en la fuente a través de las diferentes alternativas de prevención y minimización, garantizando su adecuada disposición final y dando cumplimiento a lo establecido en la normatividad ambiental vigente. (Ley 1252 De 2008)
- PUEAA – PROGRAMA DE USO EFICIENTE Y AHORRO DEL AGUA
El programa es una herramienta enfocada a la optimización del uso del recurso hídrico, conformado por el conjunto de proyectos y acciones que le corresponde elaborar y adoptar a los usuarios que soliciten concesión de aguas, con el propósito de contribuir a la sostenibilidad de este recurso. (Decreto 1090 y Resolución 1257 de 2018)
Se diseñan y realizan Programas de ahorro y uso eficiente del agua, para aquellos usuarios que poseen o soliciten una concesión de agua o para aquellas entidades encargadas de la prestación de los servicios de acueducto, alcantarillado, riego y drenaje, producción hidroeléctrica y demás usuarios del recurso hídrico. Mediante la asesoría de un equipo interdisciplinario se diseñan las medidas de optimización de uso del recurso hídrico, elaboración de proyectos y acciones que permita contribuir a la sostenibilidad del recurso.
- PUEAA municipal o distrital
Asesoramos en la realización del PUEAA – Programa De Uso Eficiente Y Ahorro Del Agua municipal o distrital conforme lo establece el artículo 1 de la ley 373 de 1997 y los términos de referencia emitidos por el ministerio de ambiente mediante Resolución 1257 de 2018.
- PUEAA para concesiones de aguas de entidades públicas o privadas y/o PUEAA simplificado para pequeñas concesiones
Asesoramos en la realización del PUEAA – Programa De Uso Eficiente Y Ahorro Del Agua municipal o distrital conforme lo establece el Decreto 1090 de 2018 y los términos de referencia emitidos por el ministerio de ambiente mediante Resolución 1257 de 2018.
- RESPEL
Asesoramos a los generadores y gestores de Residuos peligrosos en el cumplimiento de la normatividad colombiana por el cual se reglamenta parcialmente la prevención y el manejo de los residuos o desechos peligrosos generados en el marco de la gestión integral.
Como generadores de RESPEL, se encuentran actividades del comen como sector de la salud (Hospitales y similares), Cementerios, Morgues, Laboratorios Clínicos y similares, Salas de belleza, PBA (Plantas de Beneficio Animal)
- Generadores
Acompañamos a los generadores de RESPEL en el cumplimento de sus obligaciones conforme al Artículo 2.2.6.1.3.1. del Decreto 1076 de 2015. Obligaciones del Generador.
a) Garantizar la gestión y manejo integral de los residuos o desechos peligrosos que genera;
b) Elaborar un plan de gestión integral de los residuos o desechos peligrosos que genere tendiente a prevenir la generación y reducción en la fuente,
c) Identificar las características de peligrosidad de cada uno de los residuos o desechos peligrosos que genere.
d) Garantizar que el envasado o empacado, embalado y etiquetado de sus residuos o desechos peligrosos se realice conforme a la normatividad vigente:
e) Dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto 1609 de 2002 o aquella norma que la modifique o sustituya, cuando remita residuos o desechos peligrosos para ser transportados. Igualmente, suministrar al transportista de los residuos o desechos peligrosos las respectivas Hojas de Seguridad;
f) Registrarse ante la autoridad ambiental competente por una sola vez y mantener actualizada la información de su registro anualmente, de acuerdo con lo establecido en el presente Título
g) Capacitar al personal encargado de la gestión y el manejo de los residuos o desechos peligrosos en sus instalaciones, con el fin de divulgar el riesgo que estos residuos representan para la salud y el ambiente, además, brindar el equipo para el manejo de estos y la protección personal necesaria para ello;
h) Contar con un plan de contingencia actualizado para atender cualquier accidente o eventualidad que se presente y contar con personal preparado para su implementación.
i) Conservar las certificaciones de almacenamiento, aprovechamiento, tratamiento o disposición final que emitan los respectivos receptores, hasta por un tiempo de cinco (5) años;
j) Tomar todas las medidas de carácter preventivo o de control previas al cese, cierre, clausura o desmantelamiento de su actividad con el fin de evitar cualquier episodio de contaminación que pueda representar un riesgo a la salud y al ambiente, relacionado con sus residuos o desechos peligrosos;
k) Contratar los servicios de almacenamiento, aprovechamiento, recuperación, tratamiento y/o disposición final, con instalaciones que cuenten con las licencias, permisos, autorizaciones o demás instrumentos de manejo y control ambiental a que haya lugar, de conformidad con la normatividad ambiental vigente.
- Gestores
Acompañamiento en la obtención de licencia ambiental conforme al artículo 2.2.2.3.2.3. del decreto 1076 de 2015, numeral 10, La construcción y operación de instalaciones cuyo objeto sea el almacenamiento, tratamiento, aprovechamiento, recuperación y/o disposición final de residuos o desechos peligrosos, y la construcción y operación de rellenos de seguridad para residuos hospitalarios en los casos en que la normatividad sobre la materia lo permita.
- RUA (REGISTRO UNICO AMBIENTAL PARA EL SECTOR MANUFACTURERO)
Ofrecemos Acompañamiento en la inscripción en el registro único ambiental para el sector manufacturero ante la autoridad ambiental competente, mantener la actualización de la información y/o asesoría personalizada en la realización de las buenas prácticas ambientales durante el año de operación para el registro y actualización de la información ante la autoridad ambiental competente mediante un DGA (departamento de gestión ambiental)
- PCB (BIFENILOS POLICLORADOS) APARATOS ELECTRICOS
Los PCB son compuestos química y térmicamente estables, insolubles en agua, no son inflamables, no conducen la electricidad, tienen baja volatilidad a temperaturas normales, se degradan a altas temperaturas, no son biodegradables y son bioacumulables, presentes en algunos aparatos electrónicos que fueron construidos con este compuesto, tales como los transformadores eléctricos, resistencias, inductores, condensadores eléctricos, arrancadores, equipos con fluidos termoconductores, equipos subterráneos de minas con fluidos hidráulicos, entre otros
El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible – MADS, mediante la resolución No. 0222 de 2011 establece requisitos para la gestión ambiental integral de equipos y desechos que consisten, contienen o están contaminados con Bifenilos Policlorados (PCB).
Objeto: Los propietarios deben presentar el inventario total de los equipos y desechos de su propiedad para efectos de cuantificar y controlar los progresos alcanzados frente a la identificación y eliminación de equipos y desechos contaminados con PCB.
Ofrecemos Acompañamiento en la inscripción en el registro de PCB ante la autoridad ambiental competente único ambiental para el sector manufacturero, mantener la actualización de la información y/o asesoría personalizada en la realización de obligaciones ambientales para los poseedores de equipos como transformadores eléctricos, resistencias, inductores, condensadores eléctricos, arrancadores, equipos con fluidos termoconductores, equipos subterráneos de minas con fluidos hidráulicos, entre otros
- RUCOM (REGISTRO UNICO DE COMERCIANTES DE MINERALES)
Las personas naturales o jurídicas que compran y venden minerales de forma regular para transformarlos, beneficiarlos, distribuirlos, intermediarlos, exportarlos o consumirlos, deberán inscribirse bajo el rol de COMERCIALIZADOR, directamente desde la plataforma RUCOM
Lo apoyamos en la inscripción ante la ANM (Agencia Nacional de Minería)
- ACEITES DE COCINA USADOS (ACU)
Planificación de almacenamiento, transporte, Aprovechamiento y disposición de Aceites de Cocina-ACU
Estamos en la capacidad de brindar toda la asesoría ambiental necesaria en las medidas necesarias en las actividades generadores de aceites usados para la prevención, minimización, separación en la fuente, almacenamiento temporal y entrega final al gestor para su adecuada disposición final.
Así como la inscripción ante la autoridad ambiental competente y cumplimiento a la totalidad de la Resolución 316 de 2018
- Gestor: Recolección, manejo de aceites usados y disposición final
Estamos en la capacidad de brindar toda la asesoría ambiental necesaria en las medidas necesarias en las actividades de gestor de aceites usados como la recolección, almacenamiento temporal, tratamiento, aprovechamiento y/o adecuada disposición final.
Así como la inscripción ante la autoridad ambiental competente y cumplimiento a la totalidad de la Resolución 316 de 2018
- BIOSOLIDOS
Asesoramos en el manejo ambiental para el manejo de Biosolidos que son los residuos orgánicos que resultan del tratamiento de aguas residuales de origen comercial, industrial y municipal (aguas negras), conforme al artículo 2.3.1.4.1 del decreto 1077 de 2015.
- RECICLAJE
El reciclaje es el proceso de recolección y transformación de materiales para convertirlos en nuevos productos, y que de otro modo serían desechados como basura, por lo que prestamos asesoría y acompañamiento a las bodegas de reciclaje y/o asociaciones de recicladores para el cumplimiento de la gestión integral de residuos sólidos y la normatividad ambiental colombiana
- ESCOMBRERAS O AREAS DE DISPOSICIONS DE ESCOMBROS O MATERIAL DE CONSTRUCCION – RCD
Análisis de viabilidad técnica, ambiental y social para la selección de sitios para el manejo adecuado de los residuos sólidos provenientes de los materiales sobrantes de la construcción (escombrera) teniendo en cuenta los criterios establecidos en la Resolución 472 de 2017 y Resolución 1257 de 2021
Acompañamiento ante la autoridad ambiental en el registro de RCD y acto administrativo o cualquier pronunciamiento formal, que faculta a una persona natural o jurídica para recolectar, transportar, almacenar, aprovechar y/o disponer en sitio final de pétreos, tierras, arcillas, material vegetal u otros residuos provenientes de excavaciones, construcciones, demoliciones, o mejoras locativas de obras civiles
- PMA COMPOSTAJE DE MENOR DE 200.000 TONELADAS AL AÑO
El compostaje es la técnica mediante la cual se transforman y aprovechan los residuos orgánicos en un proceso aerobio (en ausencia de oxígeno) controlado, donde los microorganismos degradan la materia de origen vegetal o animal de forma natural, lo que permite la obtención de un producto aprovechable denominado compost, este tratamiento para volúmenes menores de 200.000 toneladas al año no requieren de licencia ambiental, sin embargo deben establecer un PMA para el manejo y ejecución del proyecto
Acompañamiento para la elaboración del PMA para recolectar, transportar, almacenar, aprovechar, comercializar y/o disponer en sitio final y presentación ante la autoridad ambiental.
- PERMISO PARA ELABORACION DE ESTUDIOS PREVIO AL LICENCIAMIENTO DE PCH (PEQUEÑAS CENTRALES ELECTRICAS)
Asesoramos y acompañamiento en la obtención y realización de permiso de estudios ambientales conforme a lo establecido en los artículos 54, 55 y 56 del Decreto 2811 de 1974 para proyectos como pequeñas centrales hidroeléctricas entre otros.
- AUTORIZACION AMBIENTAL PARA CDA (CENTRO DE DIAGNOSTICO AUTOMOTRIZ)
Acompañamiento para la obtención de certificación ambiental que habilita a los centros de diagnóstico automotriz ara la prestación del servicio de revisiones técnico-mecánica y de gases de vehículos automotores y a la revisión del control ecológico conforme a las normas ambientales, conforme al Decreto 1076 de 2015 expedida por el Ministerio Ambiente y Desarrollo Sostenible; Resolución 910 de 2008 expedida por el Ministerio Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial; Resolución 3768 de 2013 y Resolución 20203040003625 de 2020 expedidas por el Ministerio de Transporte; NTC 4983:2012; NTC 4231:2012; NTC 5365:2012 y NTC 5385:2012 expedidas por el Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación.
- PERMISO DE TENEDOR DE FAUNA
Acompañamiento para la obtención de permiso de tenedor de fauna por parte de la autoridad ambiental competente
- PERMISO DE RECOLECCION DE ESPECIMENES DE ESPECIES SILVESTRES DE LA BIODIVERSIDAD BIOLOGICA CON FINES DE ELABORACION DE ESTUDIOS AMBIENTALES.
- Obtención de permiso nuevo
Realizamos los estudios requeridos por la normatividad ambiental colombiana y acompañamiento ante la autoridad ambiental para la obtención de permiso de Recolección con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales y/o fines científicos conforme al artículo 2.2.2.9.2.1 del decreto 1076 de 2015
- Utilización de permiso de Recolección con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales en jurisdicción de la CAS en Santander de la empresa GESPROEMPRESARIAL SAS.
Realización es estudios del componente biótico en jurisdicción de la CAS en Santander bajo el permiso de Recolección con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales otorgado mediante resolución DGL 000084 del 21 de febrero de 2022, la cual OTORGA a la empresa GESPRO EMPRESARIAL S.A.S identificada con NIT 900962699-1, PERMISO DE RECOLECCIÓN DE ESPECÍMENES DE ESPECIES SILVESTRES DE LA DIVERSIDAD BIOLÓGICA CON FINES DE ELABORACIÓN DE ESTUDIOS AMBIENTALES, a ejecutar en la jurisdicción de la Corporación Autónoma Regional de Santander – CAS.
- PLAN DE COMPENSACIONES DEL COMPONENTE BIÓTICO
Realizamos los estudios requeridos por la normatividad ambiental colombiana y acompañamiento ante la autoridad ambiental, en relación al manual de compensación del componente biótico y su aplicación conforme a las Resolución 1517 de 2012, Resolución 256 de 2018, Resolución 1428 de 2018 y Resolución 370 de 2021.
- PGIO (PLAN DE GESTIÓN INTEGRAL DE OBRA)
Elaboramos planes de gestión integral de obra y realizamos acompañamiento a los contratistas, ejecutores, interventores de obra civil, realizando seguimiento al cumplimiento a los requisitos técnicos de calidad, ambientales, de seguridad y salud en el trabajo.
- CERTIFICACIÓN POR INVERSIÓN EN CONTROL AMBIENTAL CONTEMPLADO EN EL DECRETO 2205 DE 2017 Y LA RESOLUCIÓN 509 DE 2018 Y DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 255 DEL ESTATUTO TRIBUTARIO Y LA LEY 1715 DEL 2014.
Asesoramos en la Solicitud de Certificación por inversión en control ambiental contemplado en el Decreto 2205 de 2017 y la Resolución 509 de 2018 y de conformidad con el artículo 255 del Estatuto Tributario y la Ley 1715 del 2014.
- DIAGNOSTICO AMBIENTAL DE ALTERNATIVAS
El diagnóstico ambiental de alternativas (DAA), tiene como objeto suministrar la información para evaluar y comparar por parte de la autoridad ambiental competente las diferentes opciones bajo las cuales sea posible desarrollar un proyecto, obra o actividad. Para las diferentes opciones se tienen en cuenta el entorno geográfico, las características bióticas, abióticas y socioeconómicas, el análisis comparativo de los efectos y riesgos inherentes a la obra o actividad; así como las posibles soluciones y medidas de control y mitigación para cada una de las alternativas. Lo anterior con el fin de aportar los elementos requeridos para seleccionar la alternativa o alternativas que permitan optimizar y racionalizar el uso de recursos y evitar o minimizar los riesgos, efectos e impactos negativos que puedan generarse.
Realizamos diagnóstico ambiental de alternativas para los proyectos que por ley debe realizar este trámite como lo son:
1. La exploración sísmica de hidrocarburos que requiera la construcción de vías para el tránsito vehicular.
2. El transporte y conducción de hidrocarburos líquidos o gaseosos, que se desarrollen por fuera de los campos; de explotación que impliquen la construcción y montaje de infraestructura de líneas de conducción con diámetros iguales o superiores a seis (6) pulgadas (15.24 centímetros), excepto en aquellos casos de nuevas líneas cuyo trayecto se vaya a realizar por derechos de vía o servidumbres existentes.
3. Los terminales de entrega de hidrocarburos líquidos, entendidos como la infraestructura de almacenamiento asociada al transporte por ductos.
4. La construcción de refinerías y desarrollos petroquímicos.
5. La construcción de presas, represas o embalses.
6. La construcción y operación de centrales generadoras de energía eléctrica.
7. Los proyectos de exploración y uso de fuentes de energía alternativa virtualmente contaminantes que provienen de biomasa para generación de energía con capacidad instalada superior a diez (10) MW, excluyendo los que provienen de fuentes energía solar, eólica, geotermia y mareomotriz”.
8. El tendido de líneas nuevas de transmisión del Sistema Nacional de Transmisión.
9. Los proyectos de generación de energía nuclear.
10. La construcción de puertos.
11. La construcción de aeropuertos.
12. La construcción de carreteras, los túneles y demás infraestructura asociada de la red vial nacional, secundaria y terciaria.
13. La construcción de segundas calzadas.
14. La ejecución de obras en la red fluvial nacional, salvo los dragados de profundización.
15. La construcción de vías férreas y variantes de estas.
16. Los proyectos que requieran trasvase de una cuenca a otra.
- LICENCIAS AMBIENTALES
Realizamos estudios especializados, EIA y el acompañamiento para cualquier proyecto que requiera licencia ambiental para su funcionamiento, las licencias ambientales pueden ser otorgadas por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), por las Corporaciones Autónomas Regionales, las de Desarrollo Sostenible, los Grandes Centros Urbanos y las autoridades ambientales creadas mediante la Ley 768 de 2002
Con nosotros puede conseguir el acompañamiento para la obtención de la licencia ambiental que requiera en cualquier sector al que pertenezca su proyecto.
- Licencias ambientales: Rellenos sanitarios, Minería, Obra o actividades en zonas de protección y/o DMRI, Hidroeléctricas o proyectos de generación de energía, Vías, Represas Y Redes eléctricas o Cualquier otra actividad requerida por el usuario a ser licenciada
Autorización que confiere la autoridad ambiental para la ejecución de un proyecto, obra o actividad, que pueda generar un deterioro en el medio ambiente o introducir modificaciones al paisaje; sujeta a los términos, obligaciones y restricciones en el manejo de los recursos naturales.
La Licencia Ambiental llevará implícitos todos los permisos, autorizaciones y/o concesiones para el uso, aprovechamiento y/o afectación de los recursos naturales renovables, que sean necesarios por el tiempo de vida útil del proyecto, obra o actividad.
Realizamos la asesoría y elaboramos Estudios De Impactos Ambiental, para realizar el trámite de Licenciamiento ambiental para la Construcción De Presas, Represas Y Embalses, en cumplimento a cada uno de los lineamientos exigidos en los Términos de referencia emitidos por el Ministerio de ambiente, vivienda y desarrollo, 2006, mediante la Resolución 1284 del del 30 de junio del 2006.
Se realizan los tramites, estudios y documentos requeridos por la autoridad ambiental competente para la elaboración de Estudios De Impacto Ambiental en proyectos para la Construcción De Carreteras
Y/O Túneles, en cumplimientos a los términos de referencia emitidos por al ministerio de ambiente y desarrollo sostenible, adoptados mediante Resolución 751 del 26 de marzo del 2015
Orientamos, asesoramos y realizamos Estudio De Impactos Ambiental, para el Sector Energía, Represas, Trasvases Y Embalses Hidroeléctricas, acorde a los términos de referencia actuales vigentes, donde se realiza la evaluación y valoración de los Impacto Ambiental a
todos los procesos que involucre el proyecto, creando los programas y proyectos, para prevenir, mitigar y restaurar los daños al ambiente, así como la regulación de obras o actividades para evitar o reducir sus efectos negativos.
Asesoramos el manejo de diferentes tipos de Proyectos En Zonas De Protección Y/O DMRI, Mediante La Elaboración De Los Estudios De Impacto Ambiental requeridos por la Autoridad ambiental,
donde se evalúa y valora de manera técnica los impactos ambientales del proyecto sobre estas zonas de protección, y se adoptan las decisiones más adecuadas para prevenir y minimizar dichos efectos
Realizamos los estudios y documentos ambientales, indispensables para la Solicitud De Licenciamiento Ambiental Para Construcción, Montaje Y Explotación, Beneficio Y Transporte De La Actividad Minera. Desarrollando mediante un equipo de profesionales con experiencia en el área, cada uno de los lineamientos y términos de referencia emitidos por el ministerio de ambiente y desarrollo sostenible, 2016, para los Estudios De Impacto Ambiental De La Explotación
Realizamos los estudios y documentos ambientales, indispensables para la Solicitud De Licenciamiento Ambiental Para sector hidrocarburos. Desarrollando mediante un equipo de profesionales con experiencia en el área, cada uno de los lineamientos y términos de referencia emitidos por el ministerio de ambiente y desarrollo sostenible, para los Estudios De Impacto Ambiental De La Explotación
Brindamos la asesoría, diseño y elaboración de Estudios De Impacto Ambiental Y/O Planes De Manejo Ambiental, para tramitar ante la autoridad ambiental competente, en la Construcción Y/O Operación De Rellenos Sanitarios, el cual deben ser adaptados a las magnitudes y/o
particularidades del proyecto, como las características socio ambientales de la zona donde se pretende desarrollar, bajo los lineamientos y disposiciones establecidas por la Resolución 1274 del 30 de junio del 2006
- Redes Eléctricas
Asesoramos y tramitamos los Estudios De Impacto Ambiental para la elaboración de Proyecto De Sistemas De Transmisión De Energía Eléctrica, de acuerdo a la
condición especificas del proyecto que se pretenda desarrollar, bajo los términos de referencia emitidos por el ministerio de ambienta de desarrollo sostenible, adoptados mediante Resolución 0075 del 18 de enero del 2018.
- Todo tipo de Licencia ambiental /PMA
Almacenamiento y tratamiento de residuos peligrosos, aguas industriales y lodos. Se elaboran los estudios y documentos, requeridos por la Autoridad ambiental competente para el trámite de la Licencia Ambiental en proyectos de Almacenamiento Y
Tratamiento De Residuos Peligrosos, Aguas Industriales Y Lodos, mediante la elaboración de un Estudio De Impacto Ambiental, desarrollado acorde a las actividades específicas del proyecto y sus características ambientales, que permitan definir las medidas y planes de prevención, control para prevenir, mitigar
Brindamos la asesoría, consultoría, estudios y tramites ambientales, ante las autoridades ambientales competentes, para la elaboración de Estudios De Impacto Ambiental, en la ejecución de cualquier tipo de proyecto, obra o actividad, que pueda producir deterioro grave a los recursos naturales renovables o al medio ambiente o introducir modificaciones considerables o notorias al paisaje, que requiera la obtención de Licencia Ambiental.
Este trámite acorde a la necesidad de cada tipo de obra, realizara los estudios y documentos implícitos para la obtención de los permisos, autorizaciones y/o concesiones para el uso, aprovechamiento y/o afectación de los recursos naturales renovables, que sean necesarios por el tiempo de vida útil del proyecto
Decreto 1076 de 2015, Artículo 2.2.2.3.2.2. Competencia de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA).
1. En el sector hidrocarburos:
2. En el sector minero alta producción:
3. La construcción de presas, represas o embalses, cualquiera sea su destinación con capacidad mayor de doscientos millones (200.000.000) de metros cúbicos de agua.
4. En el sector eléctrico igual o superior a cien (100) MW:
5. Los proyectos para la generación de energía nuclear.
6. En el sector marítimo y portuario de gran calado:
7. La construcción y operación de aeropuertos internacionales y de nuevas pistas en los mismos.
8. Ejecución de obras públicas nacionales:
9. La construcción y operación de distritos de riego y/o de drenaje con coberturas superiores a 20.000 hectáreas;
10. Pesticidas:
11. La importación y/o producción de aquellas sustancias, materiales o productos sujetos a controles por virtud de tratados, convenios y protocolos internacionales de carácter ambiental, salvo en aquellos casos en que dichas normas indiquen una autorización especial para el efecto. Tratándose de Organismos Vivos Modificados – OVM, para lo cual se aplicará en su evaluación y pronunciamiento únicamente el procedimiento establecido en la Ley 740 de 2002, y en sus decretos reglamentarios o las normas que la modifiquen, sustituyan o deroguen.
12. Los proyectos que afecten las Áreas del Sistema de Parques Nacionales
13. Los proyectos, obras o actividades de construcción de infraestructura o agroindustria que se pretendan realizar en las áreas protegidas públicas nacionales de que trata el presente decreto 0 distintas a las áreas de Parques Nacionales Naturales, siempre y cuando su ejecución sea compatible con los usos definidos para la categoría de manejo respectiva.
14. Los proyectos que adelanten las Corporaciones Autónomas Regionales a que hace referencia el inciso segundo del numeral 19 del artículo 31 de la Ley 99 de 1993.
15. Los proyectos que requieran trasvase de una cuenca a otra cuando al menos una de las dos presentes un valor igual o superior a 2 metros cúbicos/segundo durante los períodos de mínimo caudal.
16. La introducción al país de parentales, especies, subespecies, razas, híbridos o variedades foráneas con fines de cultivo, levante, control biológico, reproducción y/o comercialización, para establecerse o implantarse en medios naturales o artificiales, que puedan afectar la estabilidad de los ecosistemas o de la vida silvestre. Así como el establecimiento de zoocriaderos que implique el manejo de especies listadas en los Apéndices de la Convención sobre el Comercio Internacional de especies Amenazadas de fauna y Flora Silvestre -CITES.
Decreto 1076 de 2015, Artículo 2.2.2.3.2.3. Competencia de las Corporaciones Autónomas Regionales. Las Corporaciones Autónomas Regionales, las de Desarrollo Sostenible, los Grandes Centros Urbanos y las autoridades ambientales creadas mediante la Ley 768 de 2002.
- En el sector minero menor producción
- Siderúrgicas, cementeras y plantas concreteras fijas cuya producción de concreto sea superior a diez mil (10.000) metros cúbicos/mes.
- La construcción de presas, represas o embalses con capacidad igual o inferior a doscientos millones (200.000.000) de metros cúbicos de agua.
- En el sector eléctrico menor de cien (100) MW
- En el sector marítimo y portuario menor calado
- La construcción y operación de aeropuertos del nivel nacional y de nuevas pistas en los mismos.
- Proyectos en la red vial secundaria y terciaria:
- Ejecución de obras de carácter privado en la red fluvial nacional
- La construcción de vías férreas de carácter regional y/o variantes de estas tanto públicas como privadas.
- La construcción y operación de instalaciones cuyo objeto sea el almacenamiento, tratamiento, aprovechamiento, recuperación y/o disposición final de residuos o desechos peligrosos, y la construcción y operación de rellenos de seguridad para residuos hospitalarios en los casos en que la normatividad sobre la materia lo permita.
- La construcción y operación de instalaciones cuyo objeto sea el almacenamiento, tratamiento, aprovechamiento (recuperación/reciclado) y/o disposición final de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE) y de residuos de pilas y/o acumuladores. Las actividades de reparación y reacondicionamiento de aparatos eléctricos y electrónicos usados no requieren de licencia ambiental.
- La construcción y operación de plantas cuyo objeto sea el aprovechamiento y valorización de residuos sólidos orgánicos biodegradables mayores o iguales a veinte mil (20.000) toneladas/año.
- La construcción y operación de rellenos sanitarios; no obstante, la operación únicamente podrá ser adelantada por las personas señaladas en el artículo15 de la Ley 142 de 1994.
- La construcción y operación de sistemas de tratamiento de aguas residuales que sirvan a poblaciones iguales o superiores a doscientos mil (200.000) habitantes.
- La industria manufacturera para la fabricación de (a) Sustancias químicas básicas de origen mineral; b) Alcoholes; c) Ácidos inorgánicos y sus compuestos oxigenados.
- Los proyectos cuyo objeto sea el almacenamiento de sustancias peligrosas, con excepción de los hidrocarburos.
- La construcción y operación de distritos de riego y/o drenaje para áreas mayores o iguales a cinco mil (5.000) hectáreas e inferiores o iguales a veinte mil (20.000) hectáreas.
- Los proyectos que requieran trasvase de una cuenca a otra cuando al menos una de las dos presentes un valor igual o inferior a dos (2) metros cúbicos/segundo, durante los períodos de mínimo caudal.
- La caza comercial y el establecimiento de zoocriaderos con fines comerciales.
- Los proyectos, obras o actividades que afecten las áreas del Sistema de Parques Regionales Naturales por realizarse al interior de estas, en el marco de las actividades allí permitidas;
- Los proyectos, obras o actividades de construcción de infraestructura o agroindustria que se pretendan realizar en las áreas protegidas públicas regionales de que tratan los artículos 2.2.2.1.1.1. al 2.2.2.1.6.6. de este Decreto, distintas a las áreas de Parques Regionales Naturales, siempre y cuando su ejecución sea compatible con los usos definidos para la categoría de manejo respectiva.
- Los proyectos, obras o actividades sobre el patrimonio cultural sumergido, de que trata el artículo 4 de la Ley 1675 del 2013, dentro de las doce (12) millas náuticas
- PLAN DE GESTION DE RIESGO MUNICIPAL Y/O DEPARTAMENTAL
El PGRM o PGRD es un Instrumento de identificación, priorización, formulación y programación de acciones requeridas para conocer y reducir las condiciones de riesgo, teniendo en cuenta las directrices dispuestas en el Decreto 2157 de 2017, y las indicaciones del Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres de Colombia, como instrumento del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres.
- PLAN DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES DE LAS ENTIDADES PÚBLICAS Y PRIVADAS EN EL MARCO DEL ARTÍCULO 42 DE LA LEY 1523 DE 2012
Análisis específicos de riesgo y planes de contingencia. Todas las entidades públicas o privadas encargadas de la prestación de servicios públicos, que ejecuten obras civiles mayores o que desarrollen actividades industriales o de otro tipo que puedan significar riesgo de desastre para la sociedad, así como las que específicamente determine la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, deberán realizar un análisis específico de riesgo que considere los posibles efectos de eventos naturales sobre la infraestructura expuesta y aquellos que se deriven de los daños de la misma en su área de influencia, así como los que se deriven de su operación. Con base en este análisis diseñará e implementarán las medidas de reducción del riesgo y planes de emergencia y contingencia que serán de su obligatorio cumplimiento.
Asesoramos y realizamos los planes de gestión del riesgo de desastres de las entidades públicas y privadas conforme a lo establecido en el artículo 42 de la ley 1523 de 2012
- PLAN MUNICIPAL DE ADAPTACIÓN AL CAMBIO CLIMÁTICO MUNICIPALES Y/O DEPARTAMENTALES
Elaboramos el documento técnico de planificación territorial, mediante el cual los municipios y/o departamentos basados en un diagnóstico y estudio de vulnerabilidad, formulan programas y proyectos que contribuyan a la adaptación del municipio al cambio climático, disminuyendo el efecto negativo de este fenómeno en las poblaciones, el sector productivo y los ecosistemas.
Planes De Ordenamiento Territorial para distritos y municipios con población superior a los 100.000 habitantes; Planes Básicos De Ordenamiento Territorial para municipios con población entre 30.000 y 100.000 habitantes; y Esquemas De Ordenamiento Territorial para los municipios con población inferior a los 30.000 habitantes. (Ley 388 de 1997)
Elaboramos los POT y/o EOT como un conjunto de objetivos, directrices, políticas, estrategias, metas, programas, actuaciones y normas adoptadas para orientar y administrar el desarrollo físico del territorio y la utilización del suelo. Los planes de ordenamiento del territorio.
- PLANES PARCIALES PARA CONSTRUCCION URBANISTICA
Elaboramos los Instrumentos de planificación para el desarrollo de proyectos de urbanización y construcción en terrenos públicos o privados incluidos dentro de suelo urbano o en expansión urbanística, mediante el cual se definen usos específicos, intensidades de uso, edificabilidad, dotación de equipamientos, espacios y servicios públicos, siendo instrumentos complementarios a los Planes de Ordenamiento Territorial para la gestión integral del territorio, donde se establecen además estrategia de gestión y financiación.
- PMA (PLANES DE MANEJO AMBIENTAL)
Elaboramos planes de manejo ambiental o en el estudio de impacto ambiental, para cualquier tipo de proyecto, según sea el caso, contemplando las medidas de control necesarias tendientes a evitar daños al medio ambiente.
- DEFENSA TECNICO JURIDICA ANTE INVESTIGACIONES ADMINSTRATIVASDE CARÁCTER AMBIENTAL
Contamos con un grupo de abogados especializados en el manejo de investigaciones administrativas de carácter ambiental y la ley 1333 de 2009 y así mismo un grupo de profesionales que complementan las defensas desde la experticia técnica, teniendo defensas sólidas y con gran éxito en casos de investigaciones administrativas llevadas por las autoridades ambientales.
- SUSTRACCION DE RESERVAS FORESTALES NACIONALES Y/O AREAS PROTEGIDAS REGIONALES PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES DE UTILIDAD PUBLICA
Realizamos los estudios y elaboración de la documentación requerida para solicitar ante la Autoridad competente la solicitud de sustracción de áreas protegidas para la ejecución de proyectos de utilidad pública conforme lo establece el decreto 1076 de 2015.
- CEMENTERIO (SERES HUMANOS Y/O MASCOTAS)
Realizamos todos los requisitos legales para el funcionamiento de cementerios conforme a la Resolución 5194 de 2010
1. plan de saneamiento
2. programa de desechos solidos
3. programa de RESPEL.
4. programa de control de vectores y plagas